Jubilaciones de privilegio: el proyecto obtuvo media sanción en Diputados

La iniciativa obtuvo 128 votos y 2 abstenciones. El proyecto del Gobierno eleva del 11 a 18% los aportes adicionales al régimen general, establece el 82% móvil sobre un promedio de los últimos diez años y eleva la edad jubilatoria a los 65 años.

ACTUALIDAD 28/02/2020

La Cámara de Diputados aprobó en general el proyecto de ley de reforma de las jubilaciones de privilegio de la justicia y del servicio exterior, en una sesión especial que se realizó con la ausencia del interbloque de Juntos por el Cambio.

Después de tres horas de debate, la iniciativa recibió 128 votos y 2 abstenciones y fue girada al Senado, donde será tratada una vez que se inicie el período de sesiones ordinarias.

La sesión corrió peligro ya que hasta las 12:59, es decir, casi 45 minutos después del horario de la convocatoria, el oficialismo no podía reunir el quórum reglamentario.

Una vez que lo reunió, Juntos por el Cambio bajó al recinto, pero muy fugazmente ya que se retiró después de que el presidente del interbloque opositor, Mario Negri, impugnara el quórum al denunciar la presencia "anormal" en la sala de Daniel Scioli, designado embajador en Brasil.

El proyecto del Gobierno eleva del 11 a 18% los aportes adicionales al régimen general, establece el 82% móvil sobre un promedio de los últimos diez años -y no sobre el último haber- y eleva la edad jubilatoria a los 65 años, aunque finalmente, y producto de las negociaciones, el incremento quedó solo acotado a los hombres y con una escala gradual hasta 2025.

Justamente, una de las modificaciones que quedaron plasmadas en el dictamen es que las mujeres conservarán la edad jubilatoria a los 60 años y no se equipararán a los hombres.

A su vez, se suprimió la condición de haberse desempeñado como mínimo 20 años en el Poder Judicial como requisito para conseguir la jubilación: se mantienen los 10 años de servicios continuos o bien 15 años de desempeño interrumpido.

Otra concesión del Gobierno fue la que definió que aquellos funcionarios en edad jubilatoria pero que continúan en actividad podrán acogerse al régimen anterior a la promulgación de la ley.

Sin embargo, se mantuvo firme en el rechazo a la inclusión, tal como pretendían las asociaciones judiciales y Juntos por el Cambio, de una "cláusula transitoria" que explicite con claridad estos "derechos adquiridos" para evitar "ambigüedades" en la interpretación.

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