Catamarca adhiere a la Ley de Alquileres

A través de un proyecto presentado por el diputado provincial Daniel Lavatelli.

ACTUALIDAD 22/07/2020

El diputado provincial Daniel Lavatelli presentó un proyecto de Ley solicitando la adhesión de “la Provincia de Catamarca a la Ley Nacional N° 27.551, modificatoria del Código Civil y Comercial de la Nación, y regulatoria del contrato de locación, sancionada por el Congreso Nacional el 11 de junio de 2020 y promulgada por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 580/2020”.

La mencionada Ley “modifica el vínculo entre inquilino y propietario, introduciendo variaciones al Código Civil y Comercial de la Nación y representa un avance con relación a la previsibilidad de los contratos de alquiler estableciendo un marco normativo completo, facilitando el cumplimiento de los vínculos contractuales para ambas partes”, argumentó Lavatelli sobre la importancia de la iniciativa.

Además, el legislador hace hincapié en una serie de puntos centrales que beneficiarían a los locatarios o personas que alquilan:

•Se establece que “el anticipo ni el depósito de garantía pueden ser mayores que el equivalente a un mes de alquiler. 

•En lo referente al plazo mínimo de contratación se amplía de dos a tres años, con las excepciones del artículo 1.199 del Código Civil y Comercial de la Nación.

•En materia de expensas sólo aquellas que deriven de gastos habituales devengadas por los servicios normales y permanentes del edificio que se trate quedan a cargo del locatario; en tanto que las expensas extraordinarias debe pagarlas el locador.

•La intermediación en los alquileres sólo puede estar a cargo de un profesional matriculado para el corretaje inmobiliario.

•La garantía exigida al locatario debe ser opcional entre un título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, fianza o garantía personal del locatario como un recibo de sueldo o certificado de ingresos. 

•Otro punto importante de la nueva ley de alquileres es la fijación del valor de los alquileres, que sólo admiten ajustes anuales, los cuales serán establecidos para aplicarse sólo desde el segundo año de alquiler y bajo una fórmula bipartita que tendrá en cuenta, por un lado, el IPC de inflación y, por el otro, el RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) devengado anualmente.

Por último, Lavatelli recordó que “es por la importancia de esta Ley para la vida de los catamarqueños” que solicita su adhesión ya que “se establece un equilibrio entre las partes intervinientes del contrato de locación, y a su vez se establece una normativa más clara, mejorando las condiciones de los inquilinos, que en muchas ocasiones son la parte más débil de la relación contractual y tienen que ser víctimas de cláusulas abusivas”.

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