Se extiende por 15 días la Etapa de Convivencia Amarilla 

La medida implica la continuidad de las restricciones para circular en todo el territorio provincial en el horario de 00:00 a 07:00 horas.

05/02/2021

El Poder Ejecutivo de la Provincia decretó la extensión de la Etapa de Convivencia Amarilla -denominada Alerta Vigilancia Epidemiológica- por el plazo de quince (15) días, a partir de las 00:00 horas del lunes 8 de febrero.  

La medida implica la continuidad de las restricciones para circular en todo el territorio provincial en el horario de 00:00 horas a 07:00 horas, como así también la prohibición de circular entre Municipios en todo el territorio de Catamarca en el horario de 22:00 horas a 07:00 horas.

Por otra parte, se establece el retorno de la actividad en la Administración Pública Provincial a partir del lunes 8 de febrero, con equipos de trabajo fraccionados en espacios cerrados con el 40% de su capacidad y bajo el estricto cumplimiento de los protocolos vigentes. Además, los procedimientos y plazos administrativos también reanudarán en la fecha mencionada. 

La extensión de la Etapa de Convivencia Amarilla se realiza atento a que el número de casos registrados a la fecha y la situación epidemiológica local no ha sufrido grandes modificaciones, encontrándonos en una etapa en la que resulta necesario extremar los cuidados para evitar la propagación del virus, reforzar y exigir que se respeten rigurosamente todas las medidas de prevención.

Desde el Ejecutivo Provincial se invita a los Municipios a adherir al presente instrumento, y dictar normas reglamentarias con relación a la habilitación de actividades o servicios que estimen convenientes, en atención a las condiciones epidemiológicas y a la evaluación de riesgo de su jurisdicción

Las actividades permitidas, aparte de las permitidas en Etapa Roja, son: 

-Comercio en general hasta las 22:00 horas.

-Peluquerías hasta las 21:00 horas.

-Gastronomía por delivery hasta las 24:00 horas.

-Locales gastronómicos y afines al aire libre con el setenta por ciento (70%) de su capacidad y en espacios cerrados con el treinta por ciento (30%) de su capacidad, todos los días hasta las 23:30 horas.

-Quinielas hasta las 21:00 horas.

-Ferias al aire libre hasta las 21:00 horas.

-Gimnasios, escuelas y talleres de expresiones artísticas y culturales hasta las 23:00 horas.

-Talleres en SEPAVE y Centros Vecinales con el 50% de su capacidad hasta las 22:00 horas.

-Actividades recreativas/saludables individuales y grupales hasta 10 personas en total. Ciclismo y enduro hasta 3 personas hasta las 22:00 horas.

-Actividades de culto: asistencia a templos y celebraciones religiosas con el 50% de su capacidad hasta las 22:00 horas.

-Transporte interurbano con el 50% de su capacidad.

-Servicio de personal de casas particulares y servicios generales.

-Obra privada hasta las 20:00 horas.

-Atención en consultorios de profesionales de salud con turnos programados y conforme a los protocolos vigentes, hasta las 21:00 horas.

-Profesiones liberales no sanitarias con turnos programados y conforme a los protocolos vigentes, hasta las 21:00 horas.

-Administración pública con equipos de trabajo fraccionados, en espacios cerrados con el 40% de su capacidad.

-Hipódromos, hasta las 18:00 horas, con protocolo aprobado.

-Casinos y Salas de Juego desde las 12:00 horas hasta las 22:00 horas, con protocolo aprobado. 

-Natatorios para actividades de entrenamiento y por razones de salud, con el 50% de capacidad hasta las 22:00 horas.

-Circulación permitida: desde las 7:00 horas hasta las 24:00 horas.

-Escuelas Especiales, con protocolo aprobado.

-Campings provinciales y municipales

-Colonias de vacaciones al aire libre 

-Natatorios para fines recreativos

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