La Justicia laboral ordenó la suspensión de la aplicación del impuesto de Ganancias en salarios docentes

Fue a través a de una medida cautelar que ordena dejar sin efecto los artículos 73, 81 y 94 de la Ley 27.743 de Ganancias.

ACTUALIDAD16 de agosto de 2024
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El juzgado de Trabajo N°13 de la ciudad de Buenos Aires ordenó hoy la suspensión de la aplicación del impuesto a las Ganancias en salarios docentes y todo lo relativo a adicionales sobre los cuales se calcula el gravamen. 

Fue a través a de una medida cautelar que ordena dejar sin efecto los artículos 73, 81 y 94 de la Ley 27.743 de Ganancias. 

Según expresó el sindicato docente CTERA, el fallo “es de suma importancia” porque es el primero respecto al tema "planteado por una organización sindical que abarca a las y los trabajadores de la educación". 

“Este es el triunfo de la resistencia y la lucha de la CTERA con todas sus acciones: paros, movilizaciones, concentraciones frente al Congreso de la Nación”, dice el texto difundido por la entidad. 

A principios de agosto, la CTERA presentó ante la Justicia laboral un amparo con el fin que se declare la inconstitucionalidad del impuesto a las Ganancias, que fue restituido en su cuarta categoría en el paquete fiscal aprobado en el Congreso y ya reglamentado por el Ejecutivo.  

La normativa impone el pago de Ganancias a los trabajadores a partir de un mínimo no imponible de $ 1.800.000 para el trabajador/a soltero y de $2.340.000 trabajadores casados con dos hijos. 

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