El ARCA informa la exclusión de los agencieros del régimen de retención bancaria 

Esto surge a partir de un reclamo de los distintos agencieros por la retención de ingresos brutos que figura en la Resolución 049/02 del año 2002.

ACTUALIDAD 23/07/2020

La Agencia de Recaudación de Catamarca (ARCA) informa que la Dirección General de Rentas de la provincia procedió a la exclusión del régimen de recaudación bancaria a los agencieros de Quiniela en la provincia.

Esto surge a partir de un reclamo de los distintos agencieros por la retención de ingresos brutos que figura en la Resolución 049/02 del año 2002. La misma establece que “no se procederá a la inclusión en la nómina de sujetos pasibles de recaudación a las actividades de Venta de billetes de Lotería y Juegos de Azar autorizados”, pero remarcando que esto solo sucederá “cuando tienen una única actividad”.

En consecuencia, la Dirección de Rentas dispuso “excluir del Régimen de Recaudación Bancaria a la totalidad de los contribuyentes en virtud de los saldos a favor que poseen, pero que esta exclusión (para los que desarrollan más de una actividad) será temporal hasta la absorción del mismo”. 

Por último, la disposición agrega: “Se aclara que si bien el agenciero está excluido del Régimen si el mismo tiene en sus cuentas bancarias un cotitular que es sujeto pasible de retención, la misma se le efectúa al cotitular, pero en la cuenta que comparten”, finaliza.

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