El gobierno nacional modificó los mecanismos para la contratación de obra pública, buscando simplificar los sistemas y fomentar una mayor competencia entre las empresas. La medida se formalizó a través de la publicación en el Boletín Oficial de la Disposición 24/2025 de la Oficina Nacional de Contrataciones, que reglamenta la nueva forma de adjudicación de la Obra Pública.
La reforma apunta a desmantelar un sistema que, según las autoridades, estuvo viciado durante décadas. “Durante 70 años imperó un sistema de cartelización establecido por ley. Este dislate la ley lo protegía a través de un perverso sistema que limitaba la capacidad constructiva de cada oferente asegurando un reparto entre los actores al tiempo que limitaba la entrada al club”, señaló el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger.
El funcionario hizo hincapié en que las nuevas disposiciones derriban barreras de entrada para nuevos competidores. “Por un lado, se derrumban las barreras de entrada a nuevos jugadores. Previamente, a los que hacían obra privada o en el exterior no se los dejaba competir. Ahora estarán en paridad con la patria contratista e incluso si no tuvieran obras previas también podrán competir reemplazando obras por patrimonio o garantías”, explicó Sturzenegger. Y añadió lo que considera el cambio más trascendente: “se termina el sistema de la capacidad constructiva que era el corazón del sistema anterior”.
La nueva reglamentación se enmarca en cambios normativos recientes que incluyeron la eliminación de antiguos registros y la creación de un nuevo Sistema de Información de Cocontratantes (SICO). Este sistema exigirá la inscripción de todas las personas interesadas en participar en procedimientos de contratación de la Administración Nacional, abarcando categorías como Proveedores, Contratistas de Obra Pública y Concesionarios.
Flexibilización y transparencia
Si bien la implementación total del SICO implica una transformación estructural y aún se encuentra en proceso, la Oficina Nacional de Contrataciones (ONC), como órgano rector del sistema, está realizando ajustes progresivos en la calificación de los Contratistas de Obra Pública. La nueva normativa flexibiliza los parámetros y simplifica el trámite de inscripción y calificación de las constructoras.
Bajo el reglamento anterior (Disposición N° 16/19), los constructores debían presentar antecedentes y documentación de hasta 10 años, en muchos casos cientos de documentos, para ser evaluados en su Capacidad Económico Financiera de Contratación Referencial y su Capacidad Económico Financiera de Ejecución Referencial. La ejecución se basaba en balances y certificaciones de obra, priorizando obras públicas y considerando el capital social para empresas sin antecedentes locales.
El Decreto Nº 206/25, y ahora la Disposición 24/2025 que lo complementa, buscan fomentar la competencia y el ingreso de nuevos participantes, tanto locales como extranjeros. Los nuevos criterios de calificación considerarán por igual a empresas nacionales y extranjeras, y contemplarán antecedentes de obra pública o privada para determinar la capacidad de ejecución. Un cambio fundamental es que no se ponderarán los compromisos de obras asumidos y se elimina la capacidad de contratación.